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Convocatoria pública para la integración del consejo consultivo de atención a personas con discapacidad del municipio de monterrey

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL MUNICIPIO DE MONTERREY

Convocatoria 28 Mar 2025

B A S E S

PRIMERA. Que conforme a los artículos 52 y 54, del Reglamento de Atención a Personas con Discapacidad del Municipio de Monterrey, Nuevo León, el Consejo Consultivo de Atención a Personas con Discapacidad es un órgano de consulta y asesoría para establecer acciones específicas de concertación, coordinación, planeación, promoción y seguimiento de las acciones que permitan garantizar condiciones favorables a las personas que tienen algún tipo de discapacidad.

SEGUNDA. Las ciudadanas y ciudadanos propuestos que deseen formar parte del Consejo Consultivo de Atención a Personas con Discapacidad como Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, en términos del artículo 76 del Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Monterrey, Nuevo León, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser mayor de edad y preferentemente vecino del Municipio;

II. Ser ciudadano con prestigio cívico, social y moral;

III. Contar con experiencia en los temas que realiza el Consejo Consultivo de Atención a Personas con Discapacidad;

IV. No ser ministro de algún culto religioso ni ocupar un puesto directivo en cualquier partido político; y,

V. No tener parentesco en primer grado con otro integrante del mismo Consejo.

TERCERA. Quien se encuentre interesada/o deberá acreditar lo señalado en la base anterior, presentando copias simples de la siguiente documentación:

I. Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral;

II. Acta de nacimiento expedida por la Dirección de Registro Civil;

III. Currículum Vitae; y

IV. Carta firmada bajo protesta de decir verdad en la que se manifieste no estar en el supuesto que establecen las fracciones IV y V de la base segunda.

CUARTA. Las propuestas de candidatas y candidatos deberán ser presentadas en la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, ubicada en el segundo piso del Palacio Municipal, Zaragoza Sur, sin número, Centro, Monterrey, Nuevo León, de lunes a viernes, en horario de las 9:00 a las 16:00 horas en días hábiles, teniendo un período de registro de 10 días hábiles a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Periódico Oficial del Estado.

QUINTA. El Presidente Municipal realizará la designación de hasta 8 vocales ciudadanos, que ejercerán como Representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en el citado Consejo Consultivo.

SEXTA. El Ayuntamiento aprobará por mayoría simple la integración de citado Consejo Consultivo, posteriormente el Presidente Municipal les tomará la Protesta de Ley a los ciudadanos integrantes, los nombramientos son indelegables y se desempeñarán de manera honorífica a título de colaboración ciudadana, ejerciendo su encargo por 2-dos años a partir de su nombramiento por el Ayuntamiento.

Los datos personales e información que proporcionen los participantes serán protegidos en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, y sólo se utilizarán para los fines descritos en las presentes Bases.