Convocatoria para la entrega de la medalla al mérito deportivo “Ángel Macías Barba” edición 2026
CONVOCATORIA PARA LA ENTREGA DE LA MEDALLA
AL MÉRITO DEPORTIVO “ÁNGEL MACÍAS BARBA” EDICIÓN 2026
B A S E S
I. Este reconocimiento será denominado Medalla al Mérito Deportivo “Ángel Macías Barba”
Edición 2026 y se entregará a aquellos deportistas Regiomontanos, reconociendo la labor de
aquellas personas cuya participación en la comunidad haya sido destacada en actividades
deportivas recreativas.
II. Podrán participar los ciudadanos regiomontanos que no hayan recibido esta Medalla en un
periodo de 5-cinco años.
III. Los aspirantes podrán ser propuestas por cualquier persona física o moral, así como
instituciones privadas u organizaciones de la sociedad civil, aportando las pruebas
documentales que se estimen conducentes para acreditar el objeto de la presente
convocatoria.
IV. Los aspirantes propuestos a recibir esta Medalla deberán ser personas regiomontanas por
nacimiento o demostrar residencia al menos por 3-tres años, en el municipio de Monterrey.
Y en los casos en los que la propuesta sea para la entrega post mortem, el fallecimiento
deberá haber ocurrido durante los 5-cinco años anteriores de la publicación de la presente
convocatoria, y en su caso, se hará la entrega de la Medalla a un familiar del galardonado.
V. Las postulaciones podrán ser presentadas de manera digital en formato PDF y serán
enviadas al correo electrónico: postulacion.medallas@monterrey.gob.mx acompañando la
Carta Postulación en donde se señale una descripción breve de las acciones realizadas por
la persona física o moral propuesta para recibir la Medalla, así como los siguientes
requisitos:
Carta de aceptación de la postulación por el candidato propuesto, o por la persona
que cuente legalmente con las facultades para este fin.
Currículum Vitae, que contenga número de teléfono y correo electrónico.
Semblanza o reseña del aspirante de hasta un máximo de 3 cuartillas, que deberá
ser acompañada de material gráfico o audiovisual que se sustentará como evidencia
documental de los trabajos y actividades propuestos para ser acreedor a recibir la
Medalla. Acta de Nacimiento o de Defunción, en su caso.
Copia de una identificación oficial.
Tratándose de Instituciones o personas morales, incluir, copia del acta constitutiva y
copia del alta del Registro Federal de Contribuyentes
Copia del comprobante de domicilio.
Constancia de Residencia, emitida por la Dirección de Concertación Social de la
Secretaría de Participación Ciudadana, en su caso.
Los que de forma particular establezca la presente convocatoria.
En caso de que las postulaciones sean realizadas en formato físico, los documentos antes
señalados deberán presentarse por duplicado.
VI. Las propuestas presentadas de manera física se recibirán a partir del día de la publicación
de la presente Convocatoria en la Gaceta Municipal y/o en la página oficial de Internet del
Municipio de Monterrey, deberán ser dirigidas al Coordinador de la Comisión de Deporte y
Recreación del Ayuntamiento, y presentarse en la Dirección de Gobierno y Asuntos
Políticos de la Secretaría del Ayuntamiento, situada en el segundo piso del Palacio
Municipal, ubicado en Zaragoza y Ocampo sin número, Centro de Monterrey, Nuevo León,
de lunes a viernes en el horario de las 09:00 a las 16:00 horas, en días hábiles.
VII. El plazo límite de recepción de las propuestas será hasta el 20 de marzo de 2026.
VIII. El procedimiento de selección de los galardonados será a través de las integrantes de la
Comisión del Deporte y Recreación del Ayuntamiento de Monterrey.
IX. Para facilitar la participación y entrega de propuestas se expedirán formatos para su consulta
y descarga en la Página Oficial de Internet www.monterrey.gob.mx
X. En caso de propuestas post mortem, el formato de Carta de Aceptación post mortem
sustituye al Formato de carta de aceptación a participar, o en su caso anexar los
documentos que acrediten el parentesco o cualquier forma de representación legal.XI. Los datos personales e información que proporcionen los participantes serán protegidos en
términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo
León, y sólo se utilizarán para los fines descritos en las presentes Bases.
XII. Cuando no existan participantes registrados o cuando los aspirantes registrados no cumplan
con los requisitos o perfil señalados en estas Bases, la Comisión de Deporte y Recreación,
podrá declarar desierta la convocatoria, haciéndolo del conocimiento del Ayuntamiento.
XIII. Todo aquello no previsto en las presentes bases será resuelto a través de la Comisión de
Deporte y Recreación del Ayuntamiento de Monterrey.
MONTERREY, NUEVO LEÓN, A 26 DE FEBRERO DE 2026
ATENTAMENTE
C. ADRIÁN EMILIO DE LA GARZA SANTOS
PRESIDENTE MUNICIPAL DE MONTERREY, NUEVO LEÓN
RÚBRICA
Lo anterior con fundamento en lo establecido en el artículo 64, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo
León; artículo 7, del Reglamento que Instituye la Entrega de Medallas y Reconocimientos en el Municipio de Monterrey,
Nuevo León; y en cumplimiento de los acuerdos aprobados en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 21 de febrero
de 2025.