Convocatoria pública para la elección de tres comisionados ciudadanos, a integrar la comisión de honor y justicia de los cuerpos de seguridad y protección a la ciudadanía del municipio de monterrey, nuevo león
Convocatoria a los Ciudadanos Interesados a participar como Comisionados Ciudadanos para integrar la Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad y Protección
La participación de los Comisionados Ciudadanos, será a título de colaboración ciudadana y su desempeño tendrá carácter honorífico, estos contarán con derecho a voz y no a voto en las sesiones de la Comisión, y durarán en su cargo, solamente el periodo constitucional de la Administración Municipal 2024-2027. La lista de Comisionados Ciudadanos deberá integrarse por lo menos, por una mujer y un hombre.
Para ser Comisionado Ciudadano integrante de la Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Reglamento de la referida Comisión, se deberá acreditar cumplir con los siguientes requisitos:
I. Tener una residencia mínima de un 1-año en el Municipio de Monterrey.
II. Tener como mínimo 25-veinticinco años cumplidos al día de su nominación.
III. No ser servidor público y no haber sido sancionado administrativamente con destitución, o inhabilitación como servidor público.
IV. No haber sido condenado por delito doloso con pena corporal o por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza, peculado u otro que lastime seriamente la fama, cualquiera que haya sido la pena.
V. No haber sido dirigente de ningún Partido Político a nivel Nacional, Estatal o Municipal, o de una Asociación Política en el periodo de 5-cinco años anteriores a la fecha de su designación.
VI. No ser ministro o dirigente de algún culto o asociación religiosa.
La participación de los Comisionados Ciudadanos, será a título de colaboración ciudadana y su desempeño tendrá carácter honorífico, estos contarán con derecho a voz y no a voto en las sesiones de la Comisión, y durarán en su cargo, solamente el periodo constitucional de la Administración Municipal 2024-2027. La lista de Comisionados Ciudadanos deberá integrarse por lo menos, por una mujer y un hombre.
Para ser Comisionado Ciudadano integrante de la Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Reglamento de la referida Comisión, se deberá acreditar cumplir con los siguientes requisitos:
I. Tener una residencia mínima de un 1-año en el Municipio de Monterrey.
II. Tener como mínimo 25-veinticinco años cumplidos al día de su nominación.
III. No ser servidor público y no haber sido sancionado administrativamente con destitución, o inhabilitación como servidor público.
IV. No haber sido condenado por delito doloso con pena corporal o por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza, peculado u otro que lastime seriamente la fama, cualquiera que haya sido la pena.
V. No haber sido dirigente de ningún Partido Político a nivel Nacional, Estatal o Municipal, o de una Asociación Política en el periodo de 5-cinco años anteriores a la fecha de su designación.
VI. No ser ministro o dirigente de algún culto o asociación religiosa.
La participación de los Comisionados Ciudadanos, será a título de colaboración ciudadana y su desempeño tendrá carácter honorífico, estos contarán con derecho a voz y no a voto en las sesiones de la Comisión, y durarán en su cargo, solamente el periodo constitucional de la Administración Municipal 2024-2027. La lista de Comisionados Ciudadanos deberá integrarse por lo menos, por una mujer y un hombre.
Para ser Comisionado Ciudadano integrante de la Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Reglamento de la referida Comisión, se deberá acreditar cumplir con los siguientes requisitos:
I. Tener una residencia mínima de un 1-año en el Municipio de Monterrey.
II. Tener como mínimo 25-veinticinco años cumplidos al día de su nominación.
III. No ser servidor público y no haber sido sancionado administrativamente con destitución, o inhabilitación como servidor público.
IV. No haber sido condenado por delito doloso con pena corporal o por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza, peculado u otro que lastime seriamente la fama, cualquiera que haya sido la pena.
V. No haber sido dirigente de ningún Partido Político a nivel Nacional, Estatal o Municipal, o de una Asociación Política en el periodo de 5-cinco años anteriores a la fecha de su designación.
VI. No ser ministro o dirigente de algún culto o asociación religiosa.
Formato_Escrito_Bajo_Protesta_de_decir_Verdad_no_haber_sido_ministro_o_dirigen_fRjEjPF
Formato_Escrito_Bajo_Protesta_de_decir_Verdad_no_haber_sido_ministro_o_dirigen_fRjEjPF
Formato_Bajo_Protesta_de_decir_Verdad_que_no_a_sido_dirigente_de_ningún_Partid_3m06gnR
Formato__Escrito_Bajo_Protesta_de_decir_Verdad_que_no_ha_sido_sentenciado_por_delito
Los datos personales e información que proporcionen los participantes serán protegidos en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, y sólo se utilizarán para los fines descritos en las presentes Bases.
Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por la Comisión de Participación Ciudadana, y su decisión será inapelable.