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Segunda Convocatoria Pública Para La Elección De Los Tres Representantes Ciudadanos, A Integrar El Comité De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Municipio De Monterrey

Convocatoria 28 Mar 2026

El Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 BIS, fracción VIII, y 15 Bis II, del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, convoca a la ciudadanía a realizar las postulaciones para participar en el procedimiento de selección de los Tres Representantes Ciudadanos en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Monterrey, conforme a las siguientes:

B A S E S

PRIMERA. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 BIS, fracción VIII y último párrafo del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, los Tres Representantes Ciudadanos del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio de Monterrey, ejercerán su función de manera honorífica y su designación será por un período de tres años.

SEGUNDA. Podrá participar cualquier ciudadano (a) que cumpla los siguientes requisitos:

I. Ser mexicano, en pleno goce de sus derechos, con residencia no menor a cinco años en el Municipio de Monterrey;

II. Tener por lo menos veinticinco años de edad;

III. No haber desempeñado en un periodo de seis años anteriores a su designación ningún cargo público en la Federación, las entidades federativas y municipios, con excepción de aquellos relacionados con la docencia.

IV. No haber sido inhabilitado para el ejercicio del servicio público;

V. No haber sido condenado por delito intencional mediante sentencia ejecutoria;

VI. No haber sido miembro de algún partido político o asociación política en un periodo de cinco años anteriores a su designación;

VII. No ser ministro o dirigente de algún culto o asociación religiosa;

VIII. No tener lazo o parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo con el Presidente Municipal, los integrantes del Ayuntamiento y los titulares de las dependencias o entidades municipales.

TERCERA. Los interesados en participar deberán acreditar los requisitos exigidos en la Base Segunda de la presente convocatoria, presentando en original y copia simple la siguiente documentación:

I. Credencial para votar con fotografía vigente;

II. Acta de nacimiento expedida por la Dirección de Registro Civil;

III. Currículum vitae;

IV. Carta signada bajo protesta de decir verdad en la que se manifieste no estar en el supuesto que establecen las fracciones III, V, VI, VII y VIII de la Segunda Base; y

V. Constancia de no inhabilitación para el ejercicio del Servicio.

CUARTA. La documentación señalada en la Base anterior deberá ser dirigida a la Coordinadora de la Comisión de Gobernación, Reglamentación y Mejora Regulatoria del Ayuntamiento, y presentada en la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Secretaría del Ayuntamiento, ubicada en el segundo piso de Palacio Municipal, calle Zaragoza Sur S/N, en la Zona Centro de la Ciudad de Monterrey, en el horario de 9:00 a 16:00 horas, teniendo un periodo de recepción de propuestas de 10-días hábiles a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Periódico Oficial del Estado.

QUINTA. Para facilitar la participación y entrega de propuestas, se expedirán los formatos correspondientes a los documentos solicitados en la Base Tercera en su fracción IV, que se podrán consultar y descargar en la Página Oficial de Internet: www.monterrey.gob.mx

SEXTA. Concluido el periodo de registro de los ciudadanos interesados, los expedientes serán turnados a la Comisión de Gobernación, Reglamentación y Mejora Regulatoria para su análisis, dictaminación y posterior aprobación del Ayuntamiento.

SÉPTIMA. En el supuesto de que por segunda ocasión no se registren participantes o ninguno cumpla con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria, la designación de los representantes ciudadanos se aprobará por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal.

OCTAVA. Los datos personales e información que proporcionen los participantes serán protegidos en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, y sólo se utilizarán para los fines descritos en las presentes Bases.

NOVENA. Lo no previsto en la presente convocatoria, podrá ser resuelto conforme a la determinación que tome la Comisión de Gobernación, Reglamentación y Mejora Regulatoria del Ayuntamiento.

BASES 2DA. CONVOCATORIA FIRMADA COMITÉ ADQUISICIONESFormato Bajo Protesta de decir Verdad, de no haber desempeñado cargo públicoFormato Escrito Bajo Protesta de no haber sido condenado por delito intencionalFormato_ Escrito Bajo Protesta, de no tener tener lazo o parentesco con el Presidente MunicipalFormato_Escrito Bajo Protesta, de no haber sido miembro de ningún Partido PolíticoFormato_Escrito Bajo Protesta, de no ser ministro o dirigente de algún culto religioso